LABERINTO de LEYES y OPINIONES sobre la COCA

Quienes llegan a conocer la sagrada Coca verde en las tierras andino-amazónicas pueden llevar consigo sólo la memoria, porque ella sigue siendo firmemente arraigada en su cuna ancestral … o … ¿tal vez la Coca está  de veras … encerrada … presa? 

Volviendo a recorrer los años pasados se encuentran múltiples confirmaciones para una respuesta positiva.

En 1912 en La Haya (Países Bajos), en la Convención del Opio fueron incluidas la cocaína y también la Coca verde por ser su materia prima; en 1913 el Gobierno de Perú subscribió dicha Convención y así comenzó la campaña de desprestigio de la Coca, promovida por los psiquiatras peruanos (Valdizán, 1913).

En 1950 salió el informe elaborado por la Comisión de las Naciones Unidas, que se había constituido a petición del Gobierno de Perú, para profundizar los estudios sobre la Coca andina; sus conclusiones provocaron las protestas de Perú y Bolivia por las argumentaciones y contenidos perjudiciales.

En 1953 una Comisión de la Organización Mundial de la Salud (OMS) intervino en el debate, legislando que el milenario uso tradicional de la Coca debe considerarse adicción a las drogas.

En 1961 las hojas de Coca – y no, como hubiera sido correcto, únicamente el clorhidrato de cocaína – se incluyeron en la Lista I de los Estupefacientes en la Convención Única de los Estupefacientes de las Naciones Unidas, a decir en la lista más restrictiva y sujeta a una mayor fiscalización de las sustancias estupefacientes, con las cuales la Coca verde no tiene nada que compartir.

En la misma Convención Única de los Estupefacientes de 1961 fue publicado un acuerdo sobre la destrucción de los cultivos de Coca verde, firmado también por Perú y Bolivia.

La Legislación Represiva y la Ciencia Iluminante se alternan en pro o en contra de la Coca.

En 1976 la Universidad de Harvard (EEUU) publicó un estudio sobre la composición y características de la Coca verde, concluyendo que la Coca es nutricionalmente comparable a los mejores cereales y alimentos conocidos.

En marzo de 1978 el Decreto Ley 22095 es promulgado en el Perú, acomunando las hojas de Coca y las drogas y considerando sujetos a las mismas penas severas, los campesinos, los adictos a las drogas y los narcotraficantes, sin distinción alguna.

En octubre 1978 el Instituto Indigenista Interamericano de México asumió la defensa de la sagrada Coca verde en una monografía dedicada, en la revista América Indígena. ya mencionada en otro capítulo.

En 1988  la Ley 1008 entró en vigor en Bolivia, sobre la Coca andina y las sustancias ilícitas, todo en la misma cesta, afirmando que: Tdos son consumidores de drogas, incluyendo la Coca verde, hasta que se pruebe explícitamente lo contrario, ignorando así totalmente el precepto universal de la presunción de inocencia hasta que se demuestre lo contrario.

El 3 de marzo de 1995 las conclusiones del Proyecto COCAÍNA, elaborado por OMS-UNICRI, traen algo de luz e incluyen lo siguiente: El consumo de la hoja de Coca parece no tener efectos adversos para la salud y ejerce funciones terapéuticas, rituales y sociales, positivas  para los pueblos indígenas de los Andes

Sin duda la balanza de la Coca seguirá oscilando, impredecible y voluble.

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